WASHINGTON - La Corte Suprema de EE.UU.
ordenó hoy al gobierno a devolver a las tribus
nativas americanas de los costos de funcionamiento
de los programas federales, incluyendo la educación,
la seguridad nacional y protección del medio ambiente.
En una victoria para los indios Navajo y otras tribus,
el máximo tribunal dictaminó por cinco a cuatro el
gobierno debe reembolsar en el total del financiamiento
dedicado a este tipo de programas que se ejecutan
independiente de las autoridades federales.
Bajo las leyes que rigen los nativos americanos el
derecho a la libre determinación, el gobierno se
comprometió a pagar todos los costos de estos
programas se ejecutan por las tribus de su pueblo.
Pero el Congreso intervino el establecimiento de
un tope a dichos pagos, y los nativos americanos no
fueron compensados por los costos incurridos desde
1994 hasta 2001.
En el año 2000, El Congreso asignó $ 1.6 mil millones
para la Oficina de Asuntos Indígenas para "las
operaciones de los programas de la India", pero
sólo $ 120,2 millones fue entregado a las tribus.
Entre 1994 y 2001, los pagos sólo cubre entre el
77 por ciento y 92 por ciento de los costos, la
para pagar los costos del contrato de soporte debe
ser entendido como una promesa de contrato ordinario",
escribió la jueza Sonia Sotomayor en el fallo de mayoría,
que confirmó en Colorado apela la decisión del tribunal.
"El gobierno se vio obligado a pagar las tribus ' los
costos del contrato de apoyo en su totalidad.
" En otro caso, sin embargo, la Corte Suprema acordó
que el procedimiento podría ser tomado en contra
de una tribu que había construido un casino en el norte
de Michigan. A las ocho a uno, la corte falló a favor
de la causa iniciada contra el Pottawatomi tribu que
abrió un casino cerca de Grand Rapids.
El demandante dijo que la tribu no había reconocido
a una ley de 1934 sobre la reorganización de la India
y como resultado, el terreno sobre el que se construyó
el casino fue cedido ilegalmente a la tribu por el
gobierno. El caso volverá ahora a los tribunales
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